← Portada

Salud y Bienestar · Chile · Licencias médicas

Licencias de dentistas y matronas: cuándo pueden rechazarlas por el diagnóstico

La Circular 3931 delimita los diagnósticos que pueden certificar dentistas y matronas o matrones. Si el caso queda fuera de su competencia, Compin o Isapre debe fundar expresamente el rechazo.

Ilustración editorial de un formulario clínico junto a un espejo dental, un corazón y una marca de verificación
Ilustración editorial original · Radio Quintay. Composición conceptual sobre competencias profesionales y revisión administrativa; no representa una licencia real, un diagnóstico, una persona ni un caso clínico.

La instrucción está vigente desde el 23 de octubre

La Superintendencia de Seguridad Social comunicó este lunes 26 de octubre el contenido de la Circular 3931, fechada y publicada el viernes 23. El documento incorporó al compendio de licencias médicas reglas expresas sobre el ámbito en que dentistas y matronas o matrones pueden certificar reposo laboral.

La circular no crea una habilitación general para cualquier diagnóstico. Precisa competencias que ya se apoyaban en el Código Sanitario y agrega una causal jurídica de rechazo cuando la licencia se extiende fuera del campo profesional correspondiente. Su vigencia comenzó con la publicación en el sitio de SUSESO, el 23 de octubre.

Matronas y matrones: embarazo, parto y puerperio normales

La instrucción limita la emisión de licencias por matronas y matrones a la atención de estados normales de embarazo, parto y puerperio. Una enfermedad o complicación que requiera diagnóstico y tratamiento de un médico cirujano queda fuera de esa facultad, aunque se presente durante el embarazo o después del parto.

Esto no permite concluir desde una noticia qué profesional corresponde en un caso concreto. La circular regula quién puede certificar el reposo según el diagnóstico; no reemplaza la evaluación clínica ni modifica por sí sola la duración indicada para una persona.

Dentistas: salud bucal y una extensión para la especialidad maxilofacial

Los cirujanos dentistas pueden emitir licencias por patologías odontoestomatológicas, es decir, vinculadas con los dientes y las enfermedades de la boca. No les corresponde justificar reposo por afecciones generales o sistémicas ajenas a ese ámbito.

La circular distingue a quienes tienen la especialidad de Cirugía y Traumatología Bucomaxilofacial inscrita en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Para esos especialistas, la competencia se extiende a patologías, lesiones y traumatismos del territorio craneomaxilofacial que formen parte de su especialidad.

Qué debe decir un rechazo y qué permite presentar la circular

Si el diagnóstico queda fuera de la competencia de quien emitió la licencia, Compin o Isapre debe fundar el rechazo por falta de habilitación profesional en razón del diagnóstico. La instrucción ordena utilizar la causal número 5, «Otros», y añadir que la licencia fue emitida por un profesional no habilitado para ese diagnóstico.

La misma norma conserva dos posibilidades para la persona trabajadora: acreditar que la patología sí pertenece al ámbito de competencia del profesional emisor o acompañar una nueva licencia extendida por un profesional habilitado. La fuente no promete una aprobación automática ni fija en esta circular un resultado para cada trámite; ante un rechazo corresponde revisar su fundamento y los canales formales informados por Compin o la Isapre.

Fuentes consultadas

Antecedente de cobertura: Superintendencia de Seguridad Social. Elaboración y contexto: Radio Quintay.

Compartir noticia